Banco Ripley
Crédito de ConsumoEl único crédito que te permite retirar dinero de una manera práctica y segura, además de brindarte las más ventajosas formas de pago. Elige entre nuestro Crédito Flexible y Crédito de Consolidación de deuda.

Desempleo

¿Qué es y como funciona el Seguro de Desempleo?
  • Producto asociado a un crédito que protege al prestatario cuando pierde el empleo.
  • Aplicable a los créditos Flexible y Consolidado.
  • En caso que el prestatario quede desempleado, el seguro cumple con el pago de hasta 4 cuotas del crédito.
  • Reduce los riesgos operativos de Banco Ripley.
  • Mayor diferenciación de Banco Ripley ante la competencia.
Coberturas Sumas Aseguradas Condiciones de la Cobertura
Desempleo Involuntario
Trabajadores Dependientes
Hasta 4 Cuotas del Crédito, indemnizables 1 a 1, con un tope de S/.350 por cuota Periodo de carencia 60 días
Deducible 1 cuota
Antigüedad Laboral 6 meses
Periodo Activo Mínimo 1 año
Imparcialidad Temporal
Trabajadores Independientes
Hasta 4 Cuotas del Crédito, indemnizables 1 a 1, cada 30 días de incapacidad, con un tope de S/.350 por cuota Periodo de carencia 60 días
Deducible 1 cuota
Periodo Activo Mínimo 1 año
Enfermedades Graves Saldo insoluto de la deuda, hasta un límite máximo de US$ 1,500 ó su equivalente en moneda nacional, si el préstamo es en nuevos soles  

Beneficio Descripción del Servicio
Servicio de Asistencia Laboral Cobertura: Apoyo al asegurado en: Análisis del Curriculum Vitae, Carta de marketing, Referencias Laborales, Conceptos de Entrevistas de Selección, Definición de la estrategia de búsqueda de trabajo, Conceptos de entrevistas de contacto. La cobertura no tiene limitación del número de eventos por año. El asegurado no pagará ningún monto por esto servicio que es sin costo (gratuito)
Coberturas

Desempleo (Trabajadores Dependientes)

En caso de Desempleo involuntario derivado del término de la relación laboral, siendo la causa de Desempleo ajena a la voluntad del trabajador la compañía podrá indemnizar hasta 4 cuotas con un tope de S/.350.
Se entendera por Desempleo Involuntario:

  • Mutuo acuerdo de las partes, con indemnización por años de servicio.
  • Caso fortuito o fuerza mayor
  • Necesidades de la empresa

Cobertura de Incapacidad Temporal (Trabajadores Independientes)

En caso de incapacidad temporal, el capital asegurado será el valor de la cuota mensual adeudada por el asegurado con un tope de S/.350 con un límite de 4 cuotas, indemnizadas una a una, por cada 30 días de incapacidad.


Incapacidad Temporal: Es la incapacidad que por causa de accidente o enfermedad impide al Asegurado ejercer total o parcialmente su actividad.

Período Indemnizable: 4 Cuotas que se pagarán una a una, por cada 30 días de incapacidad, contra la presentación de la documentación respectiva.

Carencia 60 días: Es el período de tiempo contado desde el inicio de la vigencia de la cobertura, durante el cual el asegurado no tiene derecho alguno a indemnización.


Detalle de Capital Asegurado por Evento

De 31 a 59 días de Incapacidad Temporal 1 cuota mensual
De 60 a 89 días de Incapacidad Temporal 2 cuotas mensuales
Mas de 90 días de Incapacidad Temporal 3 cuotas mensuales

Requisitos para el Pago de Siniestros
a) Desempleo Involuntario:

Primer mes asegurado de desempleo
  • Formulario de denuncia de siniestro firmado por el asegurado
  • Copia legalizada de la liquidación de beneficios Sociales y Constancia de pago.
  • Copia de la carta o resolución de cese emitida por la empresa ó en su defecto constancia policial por despido de facto o hecho.
  • Certificado de las ultimas cotizaciones de AFP con fecha posterior a la fecha de vencimiento de la cuota reclamada, o de la ONP según sea el caso.
  • Copia de la carta para la libre disponibilidad de la cuenta CTS por cese.
  • Declaración jurada del asegurado, que se encuentra en situación de desempleo.
  • Fotocopia del documento de identidad del Asegurado debidamente legalizado.
  • Tabla de desarrollo de la deuda.(Cuotas) emitida por Banco Ripley.

Segundo, tercero, cuarto mes asegurado de desempleo
  • Formulario de denuncia de Siniestros firmados por el Asegurado y por el responsable de Banco Ripley
  • Certificado de aportaciones de la AFP o ONP del mes de desempleo reclamado.
  • Declaración Jurada del Asegurado, que se encuentra en situación de desempleo.

b)Incapacidad Temporal

Primer mes asegurado
  • Copia certificada del DNI o documento de identidad del Asegurado.
  • Autorización del Asegurado para revisión de las historias clínicas.
  • Certificado de 4ta Categoría ó Declaración jurada de Renta de 3ra Categoría.
  • Certificado e informe médico completo sobre la incapacidad Temporal.
  • Detalle de los últimos dos estados de cuenta del Asegurado anteriores a la fecha del siniestro, y los de los meses reclamados por siniestros.

Segundo, tercero, cuarto mes asegurado de desempleo
  • Formulario de denuncia de siniestro firmado por el Asegurado y por el responsable de Banco Ripley.
  • Certificado médico o continuación de la licencia anterior.
  • Último certificado de retenciones.
  • Copia de los tres últimos recibos o facturas emitidas.
  • Declaración jurada que indique su condición de independiente.

Principales exclusiones

1) Exclusiones para Desempleo Involuntario

a. Causas justas de despido relacionadas con la capacidad o conducta del trabajador.
b. Faltas Graves del Trabajador.
c. Personas cuyos ingresos sean variables.
d. Accidente de trabajo o Enfermedad profesional.
e. Por vencimiento del plazo previsto en el contrato de trabajo sujeto a modalidad a plazo fijo.
f. Término de la relación del empleo: Por fallecimiento, renuncia, cese definitivo, límite de edad, destitución, jubilación, solicitud del empleado por tiempo de servicio.
g. La condena penal privativa de la libertad por delito doloso cometido por un trabajador.
h. Causas justificadas para el cese definitivo de un servidor público o abandono injustificado del cargo.
i) Incapacidad física o mental debidamente comprobada.

2) Exclusiones para la cobertura de Incapacidad Temporal:
a. Enfermedades pre-existentes, accidentes o incapacidad física anterior al inicio de este seguro. Se consideran enfermedades pre-existentes, las que ocurran o sean diagnosticadas antes del periodo de Carencia de la Póliza, así como las enfermedades o defectos congénitos.
b. Accidentes ocurridos por la participación o intervención activa del Asegurado en actos delictivos o terrorismo.
c. Enfermedades psíquicas o mentales.
d. Incapacidad temporal por embarazo, sus consecuencias y causas relacionadas.
f. La incapacidad temporal debida a la misma enfermedad o accidente por la cual el Asegurado ha recibido una indemnización por esta misma Póliza.
g. Enfermedades o dolencias a consecuencia de problemas en la columna vertebral.
h. Intento de suicidio o autolesión, lesiones auto inferidas, ya sea en estado de cordura o demencia.


En caso de Siniestro

En caso de siniestros se deberá comunicar por escrito a Cardif dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los hechos.


Producto Asociado

Crédito Flexible y Consolidación de Deuda

Número de póliza Desempleo Prima Única:
  • Póliza de Seguro Nº 57020706 para clientes de préstamos personales en Nuevos Soles y Prima Única.
  • Póliza de Seguro Nº 57020707 para clientes de préstamos personales en Dólares Americanos y Prima Única.

 

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