Banco Ripley
Seguros Accidentes Personales Contamos con la cobertura que necesitará tu familia en caso de accidentes.

Sepelio

El Centro de Seguros Ripley, pensando en su tranquilidad y en la de su familia, ha creado el Seguro de Sepelio que les brindará protección en los momentos más difíciles.

Planes

El programa presenta dos planes, el individual y el plan familiar (compuesto por el titular, cónyuge e hijos) ambos bajo la modalidad Vitalicio sin limitación de edad de permanencia.


¿Quiénes Podrán asegurarse?

Se podrán asegurar como titulares y cónyuges personas menores de 66 años, los hijos podrán ingresar al seguro hasta los 28 años y permanecer asegurados hasta los 30.

No se asegurará a las personas que realicen actividades de alto riesgo como: trabajos en minas, buceo, manipulación de explosivos, torres de alta tensión o similares, pilotos o asistentes de vuelo, miembros de las fuerzas armadas y policiales (incluyendo privada).


Beneficios de seguro integral

  • Ataúd modelo imperial o americano
  • Traslado hasta el lugar del velatorio
  • Instalación y acondicionamiento del velatorio
  • Capilla ardiente
  • Carroza de primera
  • Tramites de sepelio
  • Vehículo de acompañamiento
  • Ceremonia de inhumación
  • Responso
  • Sarcófago de concreto
  • Tumba individual compartida en el Camposanto Huachipa Mapfre (en Lima) para los casos de provincias y para los asegurados que opten por un campo santo distinto al de Huachipa, gozarán de los mismos servicios de sepelio excepto la inhumación, tumba o nicho. Por estos conceptos recibirán una indemnización de S/. 2,000 para cubrir dichos gastos en el campo santo de u elección.

El cliente no asume importe alguno en el proceso del sepelio. El servicio será brindado por la Corporación Finisterre.

 

Coberturas adicionales
  • Indemnización por muerte del titular y/o cónyuge de S/.1,500
  • Indemnización adicional por muerte accidental del titular S/.3,500
  • Cobertura de traslado de restos dentro del territorio nacional hasta S/.500

 

PRIMAS MENSUALES

Rango de edad
Prima Público
Individual hasta 55 años
S/. 7.99
Individual de 56 a 65 años
S/. 9.49
Familiar
S/. 24.99

Periodo de Carencia


El servicio de sepelio y las indemnizaciones no se otorgarán durante los primeros 60 días calendario de iniciada la vigencia del seguro o de cualquier rehabilitación del mismo, excepto en el caso de muerte por accidente, en cuyo caso no será de aplicación dicho periodo de carencia.

 

Exclusiones

a) Enfermedades graves pre-existentes a la fecha de inicio del seguro o cualquiera de sus rehabilitaciones o a consecuencia de enfermedades infecto contagiosas con características de plagas o epidemias que sean materia de aislamiento o cuarentena.

b) Fallecimiento ocurrido durante el primer (1) año de vigencia del seguro de o cualquiera de sus rehabilitaciones a consecuencia de:

  • Cáncer
  • Diabetes Mellitus
  • Tuberculosis
  • Insuficiencia Renal
  • Accidente Cerebro Vascular
  • Sida
  • Suicidio

c) Los producidos como consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva.

d) Los ocasionados como consecuencia de Guerra civil o internacional (declarada o no); así como a consecuencia de participación directa en huelgas o vandalismo.

e) A consecuencia de tumulto popular y/o terrorismo con características catastróficas.

f) El resultante de homicidio por un Beneficiario de esta Póliza o un integrante del Grupo Asegurado.

g) A consecuencia de participación del asegurado como conductor o acompañante, en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.

h) El riesgo de aviación, salvo que el asegurado esté viajando en calidad de pasajero en aeronaves con capacidad mayor a diez plazas de pasajeros y de empresas de transporte público comercial, con itinerarios, escalas y horarios predeterminados, con intervención del organismo nacional o internacional competente.

i) Fenómenos catastróficos de la naturaleza como terremotos, inundaciones, aluviones, huaicos, etc. y en general todo hecho que por su magnitud y gravedad sea calificado por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.

j) Participación en actos delictivos o infractorios de leyes y/o reglamentos o accidentes producidos cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia del alcohol o drogas que no correspondan a un tratamiento médico y a consecuencia directa de su estado.

Para atención de siniestros o consultas relacionadas al pago de beneficios comuníquese con Mapfre al 213 – 3333 en un máximo de 30 días de ocurrido el incidente.

Con el respaldo de:

 

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