El Centro de Seguros Ripley, pensando en su tranquilidad y en la de su familia, ha creado el Seguro de Sepelio que les brindará protección en los momentos más difíciles.
PlanesEl programa presenta dos planes, el individual y el plan familiar (compuesto por el titular, cónyuge e hijos) ambos bajo la modalidad Vitalicio sin limitación de edad de permanencia.
¿Quiénes Podrán asegurarse?
Se podrán asegurar como titulares y cónyuges personas menores de 66 años, los hijos podrán ingresar al seguro hasta los 28 años y permanecer asegurados hasta los 30.
No se asegurará a las personas que realicen actividades de alto riesgo como: trabajos en minas, buceo, manipulación de explosivos, torres de alta tensión o similares, pilotos o asistentes de vuelo, miembros de las fuerzas armadas y policiales (incluyendo privada).
El cliente no asume importe alguno en el proceso del sepelio. El servicio será brindado por la Corporación Finisterre.
Coberturas adicionales
| Rango de edad | Prima Público |
| Individual hasta 55 años | S/. 7.99 |
| Individual de 56 a 65 años | S/. 9.49 |
| Familiar | S/. 24.99 |
Periodo de Carencia
El servicio de sepelio y las indemnizaciones no se otorgarán durante los primeros 60 días calendario de iniciada la vigencia del seguro o de cualquier rehabilitación del mismo, excepto en el caso de muerte por accidente, en cuyo caso no será de aplicación dicho periodo de carencia.
Exclusiones
a) Enfermedades graves pre-existentes a la fecha de inicio del seguro o cualquiera de sus rehabilitaciones o a consecuencia de enfermedades infecto contagiosas con características de plagas o epidemias que sean materia de aislamiento o cuarentena.
b) Fallecimiento ocurrido durante el primer (1) año de vigencia del seguro de o cualquiera de sus rehabilitaciones a consecuencia de:
c) Los producidos como consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva.
d) Los ocasionados como consecuencia de Guerra civil o internacional (declarada o no); así como a consecuencia de participación directa en huelgas o vandalismo.
e) A consecuencia de tumulto popular y/o terrorismo con características catastróficas.
f) El resultante de homicidio por un Beneficiario de esta Póliza o un integrante del Grupo Asegurado.
g) A consecuencia de participación del asegurado como conductor o acompañante, en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.
h) El riesgo de aviación, salvo que el asegurado esté viajando en calidad de pasajero en aeronaves con capacidad mayor a diez plazas de pasajeros y de empresas de transporte público comercial, con itinerarios, escalas y horarios predeterminados, con intervención del organismo nacional o internacional competente.
i) Fenómenos catastróficos de la naturaleza como terremotos, inundaciones, aluviones, huaicos, etc. y en general todo hecho que por su magnitud y gravedad sea calificado por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.
j) Participación en actos delictivos o infractorios de leyes y/o reglamentos o accidentes producidos cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia del alcohol o drogas que no correspondan a un tratamiento médico y a consecuencia directa de su estado.
Para atención de siniestros o consultas relacionadas al pago de beneficios comuníquese con Mapfre al 213 – 3333 en un máximo de 30 días de ocurrido el incidente.
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